Cómo atender reparaciones urgentes
¿En tu comunidad, barrio cerrado o edificio hacer reparaciones se volvió una pelea o deuda eterna?
No desesperes. A continuación, te acercamos 5 tips consensuados por María de las Mercedes Orueta, abogada especializada en temas de gestión de consorcios, que esperamos te ayuden a la hora de reclamar o, en última instancia, iniciar una demanda legal que, ojalá, no tengas que hacer:
- ¿Cuál es el origen del daño? Primero, y para ver de quién o a quién corresponde el arreglo del problema, es conveniente definir dónde está el inconveniente: si está en los espacios comunes del edificio o comunidad en la que vivís, o está adentro de tu casa, es decir, de tu propiedad. De ello depende quién tenga que costear el arreglo.
- ¿Cuál es el estado del daño? En general se comente el error de dejar estar el problema o restarle importancia, hasta que el daño causado en la unidad funcional o espacio común determinado es muy significativo y, por lo tanto, su reparación también lo es. Existe, según Orueta, jurisprudencia que ha condenado al propietario afectado a pagar parte de los arreglos por no notificar el problema o bien impedir el ingreso a su propiedad para el arreglo.
- Intimación: si por ejemplo ves una mancha de humedad en el cielorraso del baño, no esperes a que se te caiga el techo para atender el problema. Es necesario notificar al administrador a cargo cuanto antes, generando un reclamo o bien cargándolo desde sistemas de gestión inteligente de consorcios como, por ejemplo, SiDomus, que permiten una fluidez inmediata para dar a conocer irregularidades en inmuebles. En caso de no tener una respuesta del administrador, de ningún tipo, en última instancia existe la notificación vía carta documento.
- Presupuestos: siempre es recomendables pedir por lo menos dos presupuestos para el correspondiente arreglo, para evitar precios inflados y poder comparar. Además, tanto el propietario, si le corresponde, y el administrador, son ambas partes las que deben decidir qué proveedor realizará el arreglo. De costearlo el consorcio, se supone que no debería ser demasiado caro.
- Negativas: ante las posibles y eventuales negativas de reparación por parte de las partes (vecinos y /o administrador) es necesario contemplar una posible mediación y eventual juicio civil por daños y perjuicios.
Como adicional a estos tips te recordamos qué tener en cuenta si vas a cambiar de administrador, o qué es necesario saber de cara a una reunión de Asamblea. Podés leer otras noticias de interés relacionadas a asesoramiento jurídico visitando nuestro blog, o consultar nuestros servicios en hola@sidomus.com o llamando al 0810-268-0115. ¿Qué estás esperando? El futuro, también en la gestión y participación de consorcios, es ahora!